Columna de Pedro Pizarro en el Diario Financiero
Entre los aspectos modificados con la reforma previsional, y que no ha tenido mayor difusión de parte del Ejecutivo, está lo referente al cobro de las cotizaciones adeudadas y la nueva fórmula de cálculo de los reajustes e intereses.
En los próximos meses comenzará el nuevo Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones. Actualmente, cada administradora y el IPS son responsables del cobro de sus respectivas cotizaciones, lo que implica que un empleador puede tener diversas demandas, con duplicidad de trámites y de resultados, dependiendo de la mayor o menor habilidad de cada ejecutante. El nuevo sistema establece la obligación de actuar de manera coordinada y simultánea, mediante una ejecución conjunta y en un mismo juicio, además de centralizar la administración en la Tesorería General de la República (TGR), mientras que la judicial quedará en una entidad privada licitada. ¿Qué utilidad tiene incorporar a la ya recargada TGR solo en la etapa prejudicial? ¿Podrá ejercer las mismas facultades de retención que tiene para el cobro de otras deudas? Si es por eso, bienvenido, pero creo que la etapa prejudicial también podría haber sido materia de licitación, permitiendo excepcionalmente la participación de la TGR en la misma.
El otro aspecto, y que entrará a regir a contar de septiembre próximo, es la metodología de cálculo de intereses de cotizaciones impagas. Recordemos que hoy se aplica reajuste, interés y multas.
El cambio contempla alternativas para las sanciones pecuniarias, ya que el interés será la suma mayor entre la rentabilidad real del fondo en que esté el trabajador o la tasa de interés corriente. Se busca que el trabajador no sea afectado por el incumplimiento del empleador.
La rentabilidad dependerá del fondo previsional, por ende, se puede muy distinta del interés corriente, y es una medida más eficaz para evitar al trabajador perjuicios por el no pago oportuno. El empleador que no declare ni pague oportunamente lo adeudado deberá responder con los nuevos intereses y multas, los cuales hoy son objeto de observación por organismos internacionales, debido a su alto impacto en el monto total adeudado.
Esperamos prontamente ver los cambios que el reglamento debiera traer para hacer operativa esta modificación legal. El Sistema Único de Cobranza de cotizaciones aplicará una nueva lógica e interpretación.