Analizamos el Dictamen E170070 de la Contraloría General de la República, una decisión clave que aborda la tensión entre la probidad pública y la personalización del poder en el ámbito municipal.
El dictamen surge a raíz de una denuncia contra la Municipalidad de San Joaquín por la mantención de fotografías enmarcadas del alcalde en centros de atención pública (como CESFAM y la Dirección de Tránsito) y un uso excesivo de su imagen en el diario comunal, lo que se denunció como una campaña publicitaria con recursos públicos.
Nuestra perspectiva subraya que la Contraloría, al interpretar el principio de probidad, ha sido clara: los recursos públicos no pueden ser utilizados para posicionar la figura individual del alcalde, ya que los servicios y la gestión son prestados por el municipio como institución, no por la autoridad de turno. Además, la jurisprudencia señala que la publicidad es procedente solo si informa sobre prestaciones, trámites y beneficios, y no si su fin es vincular un servicio municipal a la imagen del edil.
Consideramos que esta decisión es fundamental porque:
- Fortalece el principio de impersonalidad en la administración, que es un antídoto democrático contra la personalización caudillista en los gobiernos locales.
 - Evita que la comunidad asocie derechos y prestaciones públicas a «favores» de la autoridad, impidiendo que el Estado se convierta en una marca con rostro.
 - Actúa como un importante contrapeso democrático al poder concentrado de los alcaldes, fortaleciendo el carácter transitorio de las autoridades.
 
Este Dictamen busca moldear una cultura política de respeto institucional, acotando las zonas grises y promoviendo la transparencia que la ciudadanía hoy demanda.
Te invitamos a leer nuestra Perspectiva Municipal de Octubre 2025: Perspectiva Municipal – Octubre 2025
								
														


